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La nueva Ordenanza de Venta Ambulante amplía las autorizaciones, incorpora la actividad de los food trucks y crea un registro municipal

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Nuevas medidas relacionadas con la gestión de los mercados y mercadillos, la duración de las autorizaciones, los procedimientos de transmisión y las distintas modalidades de venta no sedentaria que se desarrollan en el municipio de Murcia. Éstas son algunas de las novedades y actualizaciones que incluye el borrador de la nueva Ordenanza municipal reguladora de la Venta Ambulante, que ha sido aprobado en Junta de Gobierno.

La propuesta supone una revisión integral de la ordenanza actual con el objetivo de adaptar la regulación a la evolución del sector y a nuevas formas de actividad comercial. El borrador es el resultado de un proceso de trabajo desarrollado en colaboración con representantes del sector de la venta ambulante, a través de reuniones y mesas de trabajo que han permitido incorporar propuestas y observaciones de los profesionales vinculados a esta actividad.

Entre las principales novedades destacan la ampliación de la duración de las autorizaciones para los mercados semanales, con el objetivo de favorecer la amortización de inversiones.

Así, frente al límite máximo de cuatro años recogido en la anterior norma, el nuevo texto contempla autorizaciones con una duración de entre ocho y 12 años, prorrogables expresamente por otros 12 años o hasta la jubilación del titular. Para el resto de las modalidades, se establecen autorizaciones de hasta ocho años con posibilidad de prórroga por cuatro más.

La ordenanza también amplía los supuestos de transmisión de las autorizaciones. Así, frente a la regulación anterior, que permitía solo la transmisión a familiares de primer grado o empleados con dos años de antigüedad, las autorizaciones podrán transmitirse ahora a cualquier persona física o jurídica que reúna los requisitos establecidos.

Asimismo, en situaciones de fallecimiento, incapacidad o jubilación, el plazo para solicitar la subrogación pasa de uno a seis meses y se extiende a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.

Otro de los aspectos regulados es la celebración de mercadillos en suelo privado. La nueva ordenanza dedica un capítulo específico a esta modalidad y establece requisitos relacionados con la compatibilidad urbanística, la seguridad, la limpieza y la responsabilidad civil de los promotores.

Nuevo Registro Municipal de Venta Ambulante

La propuesta también crea un Registro Municipal de Venta Ambulante, conectado con los distintos servicios municipales relacionados con esta actividad, e incorpora un procedimiento de concesión de autorizaciones basado en principios de publicidad, concurrencia competitiva, igualdad y transparencia.

Asimismo, el borrador prevé una mayor participación de los representantes de los vendedores ambulantes en aquellas decisiones que afecten al desarrollo de la actividad y actualiza el régimen de infracciones y obligaciones para adaptarlo a las necesidades actuales del sector.

Nuevas modalidades, control alimentario y estética uniforme

Entre las novedades incorporadas se encuentra la regulación específica de los vehículos tienda o food trucks, una modalidad que no aparecía contemplada en la ordenanza. La nueva norma permitirá su actividad en eventos singulares o en zonas determinadas, siempre que los vehículos estén homologados y dispongan de los requisitos sanitarios exigidos.

Además, el borrador incorpora la obligatoriedad de utilizar sistemas modulares estandarizados para la instalación de puestos en los mercadillos, estableciendo nuevas especificaciones técnicas orientadas a mejorar la seguridad, la accesibilidad y la organización de estos espacios.

En materia alimentaria, el texto actualiza y detalla los productos cuya venta podrá realizarse en función del tipo de mercado o evento. De este modo, especifica espacios como los mercados públicos, privados, Romería, Feria de Todos los Santos o la Muestra de Artesanía de Navidad. También incorporan nuevas limitaciones y requisitos sanitarios para determinados alimentos.

Tras la aprobación del borrador por la Junta de Gobierno, la tramitación continuará con su aprobación inicial por el Pleno municipal y la posterior fase de exposición pública, durante la cual podrán presentarse alegaciones y sugerencias antes de la aprobación definitiva de la norma.

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