El Tribunal Constitucional expropia el derecho a reclamar la devolución de la plusvalía municipal

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El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) adelantó el pasado 26 de octubre el fallo de la sentencia en la que declaraba la inconstitucionalidad y nulidad del denominado impuesto de
plusvalía” (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). La sentencia definitiva, publicada el día 3 de noviembre de 2021, señala la irretroactividad de los efectos de la declaración de nulidad del impuesto, de modo que no podrán revisarse (i) las situaciones administrativas firmes o decididas por sentencia con fuerza de cosa juzgada ni (ii) las liquidaciones o autoliquidaciones no reclamadas al tiempo de dictarse la sentencia.

En este sentido, mantiene el Tribunal Constitucional que solo podrían reclamar la devolución de dicho impuesto aquellos contribuyentes que estén pendientes de resolución judicial o resolución administrativa, cercenando el derecho de quienes estando en plazo, aún no hubieran recurrido. Tertium Abogados considera que la decisión del TC supone una grave vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente del derecho de acceso al recurso.

Por ello, y a pesar de la literalidad de la sentencia, recomendamos a los contribuyentes cuya liquidación o autoliquidación no sea firme que formulen recurso para evitar la consolidación de situaciones administrativas que impedirían toda posibilidad de recuperar judicialmente lo abonado de forma indebida. Debemos recordar que esta sentencia no impide el inicio de la vía judicial, siendo muy probable que el asunto llegue a instancias europeas.

Tertium Abogados
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